martes, 9 de octubre de 2012

Las sociedades patrióticas en España


Carl Heinrich Triepel ha estudiado la paulatina incorporación de los partidos políticos al constitucionalismo europeo, muy particularmente en Alemania, considerando que hubo una etapa en la que los Estados se opusieron a la existencia de dichos partidos políticos, otra en la que el Estado los toleró, más tarde los incorporó a los textos constitucionales previa la legalización de los mismos. 

En el caso de España el origen de los partidos políticos está en las sociedades patrióticas, algunas muy ligadas a la masonería, cuyos principales objetivos estaban en dirigir peticiones a las Cortes y al Gobierno (cuando aquellas existieron), incidir en la instrucción de la infrancia y de la juventud y, en general, contribuir al debate político y a propiciar cambios en un sentido liberalizador. Según Portero Molina, al comenzar el trienio liberal en España (1820) las Cortes discutieron sobre la existencia de las sociedades patrióticas, es decir, sobre el derecho a la asociación política, ya que la Constitución de Cádiz recogía, en su artículo 373, el derecho de petición. Pero enseguida surgieron los que se opusieron al reconocimiento legal de toda asociación política al margen de las instituciones del Estado, aunque durante esta etapa también hubo defensores de las sociedades patrióticas y de cualquier otra asociación que pretendiese fundarse con fines políticos lícitos. 

Los llamados "exaltados" (podríamos decir que los más liberales de la época) defendiron el asociacionismo y, por lo tanto, la formación de partidos políticos, aunque entonces no se les llamase así. Los abolicionistas -según Portero Molina- se inspiraron en las tesis roussonianas según las cuales era el individuo, y no el grupo, quien debía mantener una relación directa con el Estado. Rousseau, cuando escribió "El contrato social", sabía muy bien que las asociaciones que se formarían -y de hecho existían- eran las que pretendían frenar todo cambio en orden a un nuevo estado de cosas, es decir, no eran sino "reductos desde los que los estamentos tradicionales pretenden hacer frente al proceso revolucionario que a la sazón avanza triunfante en Francia". 

El diputado por Valencia en las Cortes de 1820, Garelli, "uno de los más infatuados servilones con casaca liberal" (en frase de Gil Novales), se expresó de esta manera: "Todo lo que sea darse existencia política por autoridad particular, y dársela hasta el punto de haber una sociedad central ramificada y en correspondencia con las demás, formando cada una un verdadero cuerpo con presidentes, secretarios, tesoreros, fondos, relaciones, sesiones públicas y secretas, dígase cuanto se quiera, su existencia no puede ser otra que la monstruosa de cuerpos concéntricos, o sea, la de crear un Estado dentro del Estado mismo". Parecía ignorar el diputado valenciano que la Iglesia ya existía hacía mucho como "un Estado dentro del Estado", si es que se aceptase su razonamiento.

En otro momento dice Gaerlli: "Se dice con mucho énfasis que hay una necesidad imperiosa de dinfundir la ilustración entre el pueblo para que marche el sistema. Así es, ciertamente, pero no por los medios que han adoptado las sociedades. La ilustración es un fluido bienhechor, pero que debe distribuirse con suavidad y mesura, no pródigamente sin preparación... El proyecto de crear un pueblo de filósofos sería el proyecto de un loco. La Constitución protege la libertad individual y los derechos de todos los españoles; pero la igualdad de fortunas y de luces sería un delito". (El subrayado es mío). Ejemplo simpar de doctrinario, Garelli estaba con la "moda" del liberalismo, pero que a nadie se le ocurriese instruir excesivamente al pueblo, no fuese que se rebelase ante los abusos de unos pocos, y menos que a nadie se le ocurra repartir la riqueza de forma justa, porque tal cosa es, a ojos de Garelli, "un delito". 

Entre las sociedades patrióticas, que existían aunque la ley no las reconociese, había una suerte de fraternidad, pues muchas de ellas, como queda dicho, estaban alentadas por masones. Con ideas como las de Garelli las Cortes de 1820 no reconocieron legalmente a las sociedades patrióticas, una forma de querer ponerle puertas al campo, porque una vez que el liberalismo había asomado la cabeza, difícil sería frenar el uso de las libertades por unos y por otros, el de asociación en este caso. 

Martínez de la Rosa, entre otros, fue partidario de establecer un cauce legal para la existencia de las sociedades patrióticas; no en vano había sido un liberal convencido en 1812 aunque a la altura de 1820 hubiese moderado sus convicciones, al menos en la práctica. Por su parte Romero Alpuente, como ejemplo de "exaltado", defendió el reconocimiento legal de las sociedades patrióticas que, según Gil Novales, tenían como misión "la creación de una opinión pública sobre la que descansa el régimen liberal. Fundan periódicos, intervienen en la formación de la Milicia Nacional Voluntaria... celebran los fastos revolucionarios por medio de toda clase de actos públicos y rinden homenaje a las víctimas del pasado período absolutista. Se atribuyen la salvaguarda de la Constitución contra los serviles e inmediatamente contra los afrancesados y todos los grupos reaccionarios...". 

El "trienio" no consiguió afianzar legalmente a las sociedades patrióticas, aunque en las Cortes de 1822 se dieron pasos en ese sentido, pero el golpe asbsolutista de 1823 acabó con ello, aunque no con las sociedades, que siguieron existiendo en la clandestinidad, germen de los futuros partidos políticos, aunque estos tuviesen a la postre intenciones menos altruístas que las de aquellas.

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