Se trata de fundaciones por las que una persona cede parte o todo su patrimonio para que el rendimiento de este sirva a un clérigo, el cual acepta la obligación de cumplir con misas, oraciones y otras acciones espirituales en favor del fundador de la capellanía. Una particulariad es que son perpetuas y solo se cede la totalidad del patrimonio -cuando se hace- en el momento en que el fundador va a morir. Se trata, pues, de una práctica de ciertos grupos sociales de acuerdo con una mentalidad que, aunque nació en la baja Edad Media, se prolongó y acentuó durante los siglos del barroco. Para el fundador de la capellanía tiene un significado religioso como expiación de los abusos y crímenes cometidos durante su vida, además de una señal de prestigio social, pues no se ven fundadores de capellanías que no sean al menos hidalgos.
Para el caso de España hay varios estudios: Gran Canaria (Aranda Mendíaz), Segovia (Barrio Gozalo), Cádiz (Antón Solé), Santiago de Compostela (Fernández Cubero), pero no son los únicos casos. Para América son muy abundantes los estudios sobre Nueva España (Gisela von Wobeser), el de García Añoveros sobre la segunda mitad del siglo XVIII en Guatemala; el caso de Argentina ha sido estudiado por Abelardo Levaggi.
Es sabido que el diezmo constituyó el pilar básico del mantenimiento económico de la Iglesia, pero en un lugar también destacado están las capellanías, lo que ilustrados y liberales, durante los siglos XVIII y XIX, vieron como un serio inconveniente, pues se retiraba de la circulación económica una serie de bienes, sobre todo raíces, que, en manos de la Iglesia, no podían ser vendidos sin permiso de la misma; es decir, fue una forma más de amortización de bienes. En otro orden de cosas las capellanías eran vehículo, en la mentalidad de quienes las fundaban, para la salvación de sus almas (algo que no estaba garantizado, digo por mi parte), mientras que para los clérigos constituía una renta vitalicia que sí estaba garantizada. En otras palabras, el donante pretendía comprar su salvación a falta de buenas obras. Lo cierto es que esta forma de "espiritualidad" solo estaba al alcance de quien poseía bienes susceptibles de generar una renta para fundar una capellanía, por lo tanto había una gran masa de la población que estaba fuera de ese grupo. Como señalan Candelaria Castro, Mercedes Calvo y Sonia Granado (1) "servía para proyectar en el más allá las desigualdades terrenales". Las mismas autoras señalan que quien no poseía mayorazgos o vínculos podía "ennoblecerse" fundando una capellanía.
Espiritualizar los bienes materiales es rizar el rizo, pero no otra cosa fue la mentalidad religiosa barroca e incluso ese retorcimiento y aparatosidad también se dio en el arte y en otras manifestaciones culturales. Pero ¿quien garantizaba al fundador de una capellanía que tras su muerte el clérigo beneficiario cumplía con lo pactado? Un patrono que formaba parte del protocolo en el momento de la fundación, aunque seguramente muchas obligaciones religiosas se incumplieron con frecuencia si no había alguien que vigilase de cerca el cumplimiento de las mismas. Para llegar a la conclusión de que se cumplía en casi todos los casos habría que tener más datos sobre la mentalidad clerical en materia de eficacia de las misas y oraciones que debían ser rezadas en tales días y en tales lugares. Muchos patronos, una vez recibieron los beneficios del fundador, desaparecido este, quizá no siempre se preocuparon de vigilar el cumplimiento, pero lo cierto es que las capellanías existieron, sobreabundaron y sirvieron de mantenimiento a una Iglesia que, si bien atendía muchas necesidades de los pobres, engrosaba una cantidad de bienes que, desde la Edad Media, la hizo una gran propietaria.
El Concilio de Trento se ocupó solo en parte de la regulación de las capellanías, pero más los sínodos diocesanos nacidos del mandato conciliar. Los obispos y sacerdotes de cada diócesis se ocuparon de regular el como de la fundación de las capellanías que se crearon en su ámbito.
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(1) "Las capellanías en los siglos XVII-XVIII a través del estudio de su escritura de fundación", 2007.
La ilustración la he tomado de http://www.hermandadrociosevilla.com/EL%20ROCIO/PAGINAS%20OK/Capellania.htm
Para el caso de España hay varios estudios: Gran Canaria (Aranda Mendíaz), Segovia (Barrio Gozalo), Cádiz (Antón Solé), Santiago de Compostela (Fernández Cubero), pero no son los únicos casos. Para América son muy abundantes los estudios sobre Nueva España (Gisela von Wobeser), el de García Añoveros sobre la segunda mitad del siglo XVIII en Guatemala; el caso de Argentina ha sido estudiado por Abelardo Levaggi.
Es sabido que el diezmo constituyó el pilar básico del mantenimiento económico de la Iglesia, pero en un lugar también destacado están las capellanías, lo que ilustrados y liberales, durante los siglos XVIII y XIX, vieron como un serio inconveniente, pues se retiraba de la circulación económica una serie de bienes, sobre todo raíces, que, en manos de la Iglesia, no podían ser vendidos sin permiso de la misma; es decir, fue una forma más de amortización de bienes. En otro orden de cosas las capellanías eran vehículo, en la mentalidad de quienes las fundaban, para la salvación de sus almas (algo que no estaba garantizado, digo por mi parte), mientras que para los clérigos constituía una renta vitalicia que sí estaba garantizada. En otras palabras, el donante pretendía comprar su salvación a falta de buenas obras. Lo cierto es que esta forma de "espiritualidad" solo estaba al alcance de quien poseía bienes susceptibles de generar una renta para fundar una capellanía, por lo tanto había una gran masa de la población que estaba fuera de ese grupo. Como señalan Candelaria Castro, Mercedes Calvo y Sonia Granado (1) "servía para proyectar en el más allá las desigualdades terrenales". Las mismas autoras señalan que quien no poseía mayorazgos o vínculos podía "ennoblecerse" fundando una capellanía.
Espiritualizar los bienes materiales es rizar el rizo, pero no otra cosa fue la mentalidad religiosa barroca e incluso ese retorcimiento y aparatosidad también se dio en el arte y en otras manifestaciones culturales. Pero ¿quien garantizaba al fundador de una capellanía que tras su muerte el clérigo beneficiario cumplía con lo pactado? Un patrono que formaba parte del protocolo en el momento de la fundación, aunque seguramente muchas obligaciones religiosas se incumplieron con frecuencia si no había alguien que vigilase de cerca el cumplimiento de las mismas. Para llegar a la conclusión de que se cumplía en casi todos los casos habría que tener más datos sobre la mentalidad clerical en materia de eficacia de las misas y oraciones que debían ser rezadas en tales días y en tales lugares. Muchos patronos, una vez recibieron los beneficios del fundador, desaparecido este, quizá no siempre se preocuparon de vigilar el cumplimiento, pero lo cierto es que las capellanías existieron, sobreabundaron y sirvieron de mantenimiento a una Iglesia que, si bien atendía muchas necesidades de los pobres, engrosaba una cantidad de bienes que, desde la Edad Media, la hizo una gran propietaria.
El Concilio de Trento se ocupó solo en parte de la regulación de las capellanías, pero más los sínodos diocesanos nacidos del mandato conciliar. Los obispos y sacerdotes de cada diócesis se ocuparon de regular el como de la fundación de las capellanías que se crearon en su ámbito.
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(1) "Las capellanías en los siglos XVII-XVIII a través del estudio de su escritura de fundación", 2007.
Muy interesante
ResponderEliminarMuy interesante. Son peculiaridades del pasado que sin embargo nos ayudan a entender algunas cosas que aún subsisten en el presente.creer que se puede comprar la salvación con bienes.
ResponderEliminarInteresante este artículo que da pistas sobre el pensamiento de los ricos en siglos pasados, que creían que con dinero podían comprar el cielo.
ResponderEliminarQue diferencia hay con una capellania ,cuando un Sr dejaba e su tierra ( Estancia o Hacienda )un capital por testamento para que se realizara una fiesta religiosa pero a una iglesia detrminada , o tambien se considera capellania
ResponderEliminarNo creo que se pueda considerar capellanía (19 de diciembre). Se trata de una fundación en favor de una iglesia, regida por un clérigo y para cuyo mantenimiento el fundador deja los recursos necesarios, generalmente con intención de que se le venere en dicha iglesia, por prestigio, etc.
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