Sepulcro de Fernando II de León en la catedral de Santiago |
Por tanto yo, don Fernando, por la gracia de Dios, rey de España, juntamente con mi mujer, la reina doña Urraca, por este escrito firmísimo, que valdrá para siempre, liberto y absuelvo a todos los habitantes de Pontevedra, tanto presentes como futuros, de luctuosa, y de goyosa, y de fosadeira, y de pedidailla, y de anal, y de moneda, y de navigio al que sea de Pontevedra, si condujere [naufragare] en tierra del rey don Fernando sean tres cuartas partes para los patronos del navío y una cuarta parte para el rey; y si fuere maltradado [herido] entre los hombres algún habitante de Pontevedra y pusiere en manos del vicario la calumnia [cuestión, litigio], la multa que de ello procediere sea la mitad para el vicario y la otra mitad para el que hubiese dado la calumnia; y que a ningún otro respondan, sino a aquel en cuya mano se haya puesto la calumnia que le hicieron.
No se conserva el documento original por el que el rey Fernando II otorga fuero a Pontevedra, sino una confirmación de Alfonso X (Sevilla, 5 de junio de 1264). La causa de esta copia se aclara en la introducción del fuero: se había perdido el sello real de plomo y "por mala guarda" fue dañado de agua. En esta copia se cita a Ponte Vedra, mientras que en el documento original se hablaba de Ponte Veteri.
La luctuosa consistía en la mejor cabeza de ganado o mejor joya que dejaba una persona a su fallecimiento. La goyosa era el tributo que los vasallos pagaban a sus señores cuando tenían un hijo. La fonsadera gravaba a las personas que no podían acudir personalmente a la guerra. Con la frase de pedidailla, et de anal, et de moneda se recoge un único tributo, el petitum, que los reyes exigían con ocasión de las bodas reales y que, al convertirse en anual a partir del siglo XIII, recibió el nombre de moneda. En cuanto al terreno judicial, el fuero nos remite a una cierta autonomía, mediante la figura del vicario, único juez válido para dilucidar los litigios habidos entre los pontevedreses (Juan Jueva Puig, 1996).
No se conserva el documento original por el que el rey Fernando II otorga fuero a Pontevedra, sino una confirmación de Alfonso X (Sevilla, 5 de junio de 1264). La causa de esta copia se aclara en la introducción del fuero: se había perdido el sello real de plomo y "por mala guarda" fue dañado de agua. En esta copia se cita a Ponte Vedra, mientras que en el documento original se hablaba de Ponte Veteri.
La luctuosa consistía en la mejor cabeza de ganado o mejor joya que dejaba una persona a su fallecimiento. La goyosa era el tributo que los vasallos pagaban a sus señores cuando tenían un hijo. La fonsadera gravaba a las personas que no podían acudir personalmente a la guerra. Con la frase de pedidailla, et de anal, et de moneda se recoge un único tributo, el petitum, que los reyes exigían con ocasión de las bodas reales y que, al convertirse en anual a partir del siglo XIII, recibió el nombre de moneda. En cuanto al terreno judicial, el fuero nos remite a una cierta autonomía, mediante la figura del vicario, único juez válido para dilucidar los litigios habidos entre los pontevedreses (Juan Jueva Puig, 1996).
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