martes, 29 de agosto de 2017

"... ay del Rey... terra sen justiça"


Monasterio de Soandres (A Coruña)

La investigadora María Luz Ríos[1] señala que, al menos en Galicia, en los conflictos durante la Baja Edad Media, se ha demostrado que los campesinos nunca son solo campesinos, sino que están “contaminados” por miembros de la baja nobleza rural y de la burguesía. Los señores pueden también ser colectivos, como concejos urbanos y monarcas. Es decir, a la “cuestión campesina” hay que añadir además los intereses políticos de las hidalguías locales.

La mayor parte del campesinado gallego estaba ligado a sus señores por medio de contratos forales, y las rentas en la Baja Edad Media son sorprendentemente bajas en relación a siglos anteriores –dice Mª Luz Ríos-: el quinto, el sexto o el séptimo de la producción, frente a la mitad o tercio de la época precedente. Las violencias de los campesinos contra sus señores, o las acciones jurídicas, remiten siempre a nuevas imposiciones que dichos señores tratan de generalizar por la vía de los hechos: apropiaciones por la fuerza bruta de sus bienes –sobre todo ganado-, las usurpaciones de los comunales (por lo que no hay que esperar a las desamortizaciones del siglo XIX para ver esto), los daños físicos infligidos por los agentes señoriales… Las quejas de los campesinos remiten a la inexistencia de una autoridad política, ya sea su señor jurisdiccional o el rey, protesta también de los señores eclesiásticos contra la nobleza laica.

Se multiplicaron los posibles detractores de la renta mediante el suforo, pero la violencia del campesinado gallego bajomedieval no responde a un intento de cambiar de raíz el sistema, sino una respuesta coyuntural ante cada abuso. La concesión de fueros con carácter poblacional sirvió para extendr la condición vasallática fuera de las jurisdicciones señoriales (coutos), lo que provocó conflictos interseñoriales e interferencias jurisdiccionales.

Pero aparte la violencia –de unos y de otros- señores y campesinos fueron capaces no pocas veces de resolver sus conflictos con acuerdos, con pactos, y si todo esto fallaba, con demandas judiciales en las que la enorme desigualdad de las partes introducía una grave distorsión en las relaciones. En ocasiones la conflictividad era “de baja intensidad” o permanecía larvada, mientras que los señores no recurrían a la violencia por sistema, sino cuando fallaba todo lo demás, pretendiendo obtener una cobertura jurídica a sus pretensiones.

En la Baja Edad Media, sin embargo, el predominio señorial tuvo que abrir un hueco a fuerzas emergentes, como la baja nobleza y las clases urbanas, e incluso a los campesinos enriquecidos. En no pocas ocasiones la causa de la conflictividad está en el incremento de la presión fiscal; entonces el campesinado demuestra mayor fuerza y organización, llegando a curiosas alianzas, algunas de las cuales serán instrumentalizadas por los más poderosos. En todo caso estamos ante una sociedad más compleja, pues la condición de campesino es diversa y así lo demuestran las fuentes, según ha demostrado la autora. Los campesinos cumplían un papel insustituible, pues estaban citados como agricolae, rusticii, terricolae, laboratorii, populatorii, moradores, vecinos, serviciales, heredetarii, forarii, homines, vasallos. Desde el siglo XIII surgen con fuerza comunidades rurales donde viven los anteriores, pues aunque algunos no fuesen exactamente campesinos, sin duda estaban muy relacionados con la agricultura, la ganadería y con la tierra.

El hecho es que a medida que aumentan los conflictos y crece la violencia, aumenta el ritmo de recursos judiciales. Otra cosa es que haya capacidad para hacer cumplir las sentencias; normalmente se tenía al rey como último reducto de la justicia. En efecto, la sociedad bajomedieval se jidicializa, las casas nobles (no no nobles) se llenan de escrituras y cuando hay un conflicto violento lo primero por parte de los campesinos es la destrucción de los documentos que acreditan los derechos de sus señores. La autora cita el caso del abad de Soandres cuando era apuñalado y clamaba: ay del Rey… terra sen justiça. En 1419 dicho abad intentaba reorganizar el archivo monástico comprendiendo la estrecha ligazón entre la pérdida documental y la de bienes y derechos. El abad se lamentó de que los campesinos abriesen la puerta primera, quebrantasen las puertas de la torre donde estaban los tumbos y escrituras y se las llevasen del monasterio.

La diversidad social, pues, durante la Baja Edad Media, es enorme, lo que demuestra en la documentación que la autora ha consultado, alcanzando gran vitalidad los grupos intermedios de la sociedad, por ejemplo los campesinos enriquecidos. En Galicia, sin embargo, la burguesía demostró una fuerza mucho menor que en otras partes de España y de Europa. Una novedad es la personación de los vasallos ante sus señores aportando las escrituras probatorias de sus derechos, se iban arañando fragmentos de las propiedades señoriales o negando su derecho a la percepción de ciertas rentas.

En 1484 cerca de cincuenta vasallos del señor abad de Celanova, que usufructuaban casas, viñas y heredades en la zona de Monterrei y Verín, realizaron la presentación de sus títulos forales ante el representante del monasterio, y algunos presentaron varias cartas forales. Se observa una variada casuística que se explica por la forma de gestión del patrimonio señorial, pero sobre todo por la intensa explotación agraria de este territorio. Esta presentación de títulos forales dio ocasión a un prolongado conflicto, entre otras causas porque alguna carta foral se demostró falsa. El monasterio estableció que en relación a la granja del couto de Mixós todos los que pretendiesen usufructuar bienes presentasen sus justos títulos, pues de no ser así serían despojados. Debe tenerse en cuenta que el producto rey de esta zona era el vino, con gran valor añadido.

En el apeo de casas y heredades del monasterio en Verín, en 1498, hay labradores, pero también barberos, clérigos, notarios… Cada vez son más accesibles los documentos a un mayor número de grupos sociales y personas. Antes, en 1495, la Real Audiencia de Galicia había promulgado una real ejecutoria contra Don Francisco de Zúñiga, señor de la villa de Monterrei, en la que se ordena que el monasterio de Celanova sea amparado y defendido en la posesión de Mixós, Pazos y Verín, con todas sus rentas y jurisdicción civil y criminal.

Después de los visto, no es extraño que, a pesar de la peste negra, las grandes mortandades, la disminución de la población, la conflictividad social, los abusos, muchos historiadores –en el conjunto de Europa- consideren que la crisis bajomedieval fue un fenómeno positivo. Falta por concretar en que medida en cada caso.


[1] “El valor de las escrituras: resolución de conflictos entres señores y campesinos en la Galicia bajomedieval”.

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