martes, 20 de octubre de 2020

Quemar a vivos y a muertos

 

                                                     Plano antiguo del centro de Valladolid

“En Valladolid, a veinte y un días del mes de mayo de 1559, se hizo Auto de la sancta Inquisición, en la Plaza Mayor y las personas que salieron son las siguientes: Relaxados y quemados…”. Y a continuación se expuso la lista de los condenados –dice Fernández Álvarez[i]-, encabezada por Agustín de Cazalla, “capellán de la S. M. y su predicador…”.

En un texto del autor citado, titulado “Se encienden las hogueras”, se relata lo ocurrido en Valladolid y Sevilla entre 1559 y 1562, siendo unos doscientos los encausados por la Inquisición, siendo grande la importancia de algunos de ellos, por ejemplo el arzobispo de Toledo, Bartolomé de Carranza[ii], que logró su salvación gracias a la intervención del papa Pío V. No así Agustín de Cazalla, orador y acusado de erasmista, al cual de nada le valió haber acompañado al emperador Carlos en varios viajes por el Imperio. Se salvó de ser quemado vivo pero no de morir ajusticiado, probablemente por un pacto con el inquisidor fray Antonio de la Carrera, que le visitó la víspera en la prisión; pero una vez muerto fue quemado su cuerpo en la hoguera.

Ese pacto le fue reprochado por el bachiller de Toro, Herrezuelo, el cual sí sufrió la bárbara pena de ser quemado vivo por “relaxado… herege pertinaz”.

También fue encarcelado por la Inquisición de Valladolid fray Luis de León, debido a las denuncias por herejía que algunos llevaron a cabo. El agustino había explicado en sus clases que la versión latina de la Vulgata no tenía la debida validez, contra lo que había establecido el Concilio de Trento, y había traducido al romance El Cantar de los Cantares del Antiguo Testamento, lo que estaba prohibido por el mismo Concilio.

Que uno de los denunciantes fuese dominico hizo pensar que podría tratarse de la rivalidad entre predicadores y agustinos, pero lo cierto es que la Inquisición envió un comisario para hacer las averiguaciones, el cual comprobó los antecedentes conversos de fray Luis, y esto le predispuso contra él: decidió encarcelarlo, siendo el año 1572, y así estaría fray Luis más de cuatro años antes de que se sustanciase si era culpable o no. Ante las dudas de quienes querían una pena severa y quienes querían castigarle con una pena leve, en 1576 el Tribunal Supremo de la Inquisición, presidido por el cardenal Quiroga[iii], le absolvía.

No obstante se obligó a retirar de la venta su traducción del Cantar de los Cantares, y se le ordenó que guardase secreto sobre todo lo que se había tratado en el proceso, so pena de ser castigado con el máximo rigor, dice Fernández Álvarez. No debían tener la conciencia tranquila los que le habían tratado como aquí se ha dicho.


[i] “El monje y la Inquisición”.

[ii] Ver aquí mismo “Carranza, un reformador condenado”, “Pueblos de inquisidores” y “El Tenebrario”.

[iii] Desde 1577 arzobispo de Toledo.


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