Vista antigua de Toledo |
El historiador Juan Carlos Galende Díaz[i] ha estudiado diversas actuaciones de la Inquisición en la circunscripción toledana durante el siglo XVIII y las primeras décadas del XIX, hasta su desaparición. Uno de los delitos en los que incurría el clero (por supuesto no con carácter general) era la solicitación, es decir, proponer relaciones sexuales a mujeres o a hombres aprovechando la intimidad de la confesión (ver aquí mismo “El confesionario”). Este problema ha podido darse desde el mismo momento del establecimiento de la confesión, que no ha existido siempre, y el confesionario solo desde el siglo XVI.
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Los años en los que hubo más
denuncias fueron desde 1734 a 1738 (entre 60 y 71), en 1744 (64 denuncias), en
1746 (75) y en 1756 (63), siendo el año con menos denuncias 1728 (14). El total
de estas cifras es 2.236, aunque solo en un período algo inferior a la mitad
del siglo XVIII (1723 y 1771). La Inquisición, ante la magnitud del problema,
dictó en 1709 una serie de normas para regular el acto de la confesión que,
como demuestra Galende, en muchas ocasiones no se cumplieron.
El inquisidor general en 1713,
Francisco Judice, dio orden de que este tipo de prácticas se denunciasen, pero
aún así resultó infructuoso en no pocas ocasiones. Incluso algunos clérigos
fueron denunciados en dos ocasiones y se dio un elevado número de
autodelaciones. En el siglo XIX se percibe una disminución de las causas y, de
los 102 casos entre 1700 y 1820 (en Toledo), 34 finalizaron con condena y en 6
se reprendió al acusado. En ocasiones no se ejecutaban todas las diligencias,
como interrogar al delator, lo que obligaba a abandonar la causa.
Las penas más severas fueron el
destierro y la reclusión en un convento. La edad media de los acusados se sitúa
entre los 35 y 50 años, pero también nos encontramos con casos de
septuagenarios, atenuándose las penas entonces. Las órdenes religiosas
afectadas por este tipo de abusos son prácticamente todas, sin que se note
abundancia en unas respecto de otras.
El autor examina algunos
expedientes que se conservan en el Archivo Histórico Nacional, como el de un
fraile de 77 años que se autodelató en 1733 de haber solicitado a una dominica,
dándose el caso de que dicho fraile ya había sido acusado por el mismo delito
en 1711, siendo encarcelado “en celdas secretas” por la segunda ocasión y
privado de confesar. Otro es el caso de un presbítero que, en 1774, fue
denunciado por un carmelita de haber solicitado a una feligresa durante la
confesión. Fue arrestado y conducido a las cárceles inquisitoriales, se le
desterró durante seis años de manera que los primeros seis meses debía residir
en un convento.
Otro caso es el de un fraile que,
en 1782, fue delatado por otro clérigo, el cual dijo que una moribunda le contó
sobre la solicitación que le hizo el primero, falleciendo dicha moribunda poco
después. El Tribunal de la Inquisición toledana pidió informes sobre ella y fue
informado de que era mujer “muy notada”, creyéndose que “el vicio la produjo la
muerte”, interrumpiéndose entonces el proceso. Así explica el autor al que sigo
una serie de casos, cada uno con sus particularidades, produciéndose los
correspondientes castigos: sufrir un destierro de ocho años, teniendo que pasar
los cuatro primeros encerrado en un convento y otros por el estilo…
Otros son los casos de los
religiosos casados, considerando que la gravedad de estos consistía en la
intención herética. La Inquisición empezó a actuar en esta materia a principios
del siglo XVI, siendo a partir de este momento menos común estas situaciones y
nunca frecuente. El autor ha estudiado dos procesos en la circunscripción
toledana durante el siglo XVIII, el primero en 1700 y el segundo en 1800,
terminando las causas en condena y suspensión respectivamente.
En el proceso seguido contra un
dominico de 38 años se acordó que dejase perpetuamente el ejercicio de las
órdenes sacerdotales y permanecer en una celda de un convento, así como ayunar
con pan y agua los viernes y vigilias durante cuatro años. El segundo caso tuvo
su origen en la conversación oída en una posada por un presbítero francés sobre
el picador del Príncipe de Asturias, el cual estaría casado con una monja
francesa. La Inquisición toledana hizo sus averiguaciones preguntando a los
participantes en la conversación, diciendo cada uno de ellos cosa distinta: que
no recordaba dicha conversación, que lo sabía porque se lo había dicho un
presbítero, que el informante había sido un picador de Aranjuez, porque en la
misma localidad el picador del Príncipe de Parma lo contó, siendo así que la
monja casada con el clérigo había entrado en España huyendo de los sucesos de
la Revolución Francesa… Ante tal situación la causa se suspendió.
En estos momentos la Inquisición
ya no era boyante económicamente como en siglos anteriores, por lo que no tenía
la influencia sobre las personas de antaño y, de hecho, los testigos se
veían con más libertad para declarar lo que quisiesen, fuese o no verdad.
Delito distinto también
perseguido por la Inquisición fue el de los intrusos en la confesión y
celebración de la misa, por lo que cobraban dinero. Algunos eran clérigos de
órdenes menores, como diáconos, otros gentes vinculadas al mundo eclesiástico,
como sacristanes, estudiantes, etc. La Inquisición comenzó a tener jurisdicción
sobre estos asuntos en el siglo XVI, poniendo castigos rigurosos: cárcel,
azotes, destierros y galeras, pero nunca llegó a la severidad de otros países.
Desde 1700 el autor al que sigo ha localizado 16 casos en las tierras de
Toledo, siendo condenadas cuatro personas y seis reprendidas.
Este delito se dio con mucha
irregularidad entre 1700 y 1820, siendo la edad media de los que lo cometían
menos de 30 años. Un encausado fue un fraile de 38 años en 1703, que fue
privado de confesar y desterrado por tres años, teniendo que pasar el primero
recluso en un convento. Sigue Galende refiriéndose a otros casos con sus
particularidades.
Otros delitos que no eran
peculiares de la Inquisición fueron la blasfemia y la deshonestidad, bien
entendido que en el siglo XVIII los procesos por ellos fueron disminuyendo,
aunque fueran numerosos, pero los potenciales delatores no ejercían la
acusación, e incluso la Inquisición se encontraba con problemas para encontrar
testigos, prueba de la nueva mentalidad, menos temerosa de la herejía. Las penas
eran severas: galeras, presidio, destierro y azotes. En cuanto a actuaciones
contra eclesiásticos, el número es reducido: de 63 procesos encontrados solo
afectaron a religiosos 6, terminando todos en suspensión menos uno, que está
incompleto.
Uno de los casos fue denunciado
por un sacerdote contra un franciscano por adorar al sol, ser incrédulo, negar la
virginidad de María y que “no hace intención de consagrar”. El óbito del acusado
terminó con el proceso.
Los casos de deshonestidad eran
más difíciles de probar por la Inquisición, pues de los 25 expedientes
estudiados por Galende, ninguno fue condenatorio. En uno se autodelató un
presbítero de 36 años, natural de Albadalejo[ii]
y residente en Toledo, el cual en 1741, se presentó “para descargo de su
conciencia”, siendo verdaderamente curioso, pues había puesto de penitencia a
una feligresa tal pena, que le habían salido llagas en las posaderas, de forma
que pidiendo esta la revisión de dicha penitencia, el presbítero no encontró
mejor manera que comprobarlo con “la mayor dezencia con un lienzo a modo de
saco y haciendo el ademán de enseñar las llagas… que fue tan pronto que asegura
no vio nada”. Tras la primera diligencia la penitente falleció, y como se
comprobó que el clérigo no tenía antecedentes, se suspendió la causa.
Otro fue el caso de un
franciscano del convento de Yepes[iii],
el cual dijo haber confesado a tres niñas de edades entre 6 y 8 años, las
cuales –según el fraile- le hablaban con malicia durante la confesión, por lo
que no las absolvió, teniendo luego con ellas “tocamientos impuros”, pero –dijo-
“fue la única vez que sucedió”.
El trabajo que aquí resumo es una
buena aportación a la historia de las mentalidades, corriente historiográfica
que, surgiendo a mediados del siglo XX dentro de la escuela de los Annales, fue
defendida, entre otros, por Georges Duby.
[i] “Eclesiásticos
ante el Tribunal inquisitorial de Toledo (1700-1820)”.
[ii] Al
sureste de la actual provincia de Ciudad Real.
[iii] Al
nordeste de la actual provincia de Toledo.
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