lunes, 14 de enero de 2019

Eclesiásticos e Inquisición en Toledo

Vista antigua de Toledo
El historiador Juan Carlos Galende Díaz[i] ha estudiado diversas actuaciones de la Inquisición en la circunscripción toledana durante el siglo XVIII y las primeras décadas del XIX, hasta su desaparición. Uno de los delitos en los que incurría el clero (por supuesto no con carácter general) era la solicitación, es decir, proponer relaciones sexuales a mujeres o a hombres aprovechando la intimidad de la confesión (ver aquí mismo “El confesionario”). Este problema ha podido darse desde el mismo momento del establecimiento de la confesión, que no ha existido siempre, y el confesionario solo desde el siglo XVI.
La solicitación fue competencia de los tribunales episcopales hasta 1561, año en que pasa a competencia de la Inquisición y esta comienza a recibir delaciones. Las penas cuando se demostraba la culpa del denunciado no solían ser severas, y menos en el siglo XVIII, cuando las denuncias aumentaron, hasta el punto de que, según Galende Díaz, el número de religiosos denunciados en Toledo y en dicho siglo es muy elevado.

Los años en los que hubo más denuncias fueron desde 1734 a 1738 (entre 60 y 71), en 1744 (64 denuncias), en 1746 (75) y en 1756 (63), siendo el año con menos denuncias 1728 (14). El total de estas cifras es 2.236, aunque solo en un período algo inferior a la mitad del siglo XVIII (1723 y 1771). La Inquisición, ante la magnitud del problema, dictó en 1709 una serie de normas para regular el acto de la confesión que, como demuestra Galende, en muchas ocasiones no se cumplieron.

El inquisidor general en 1713, Francisco Judice, dio orden de que este tipo de prácticas se denunciasen, pero aún así resultó infructuoso en no pocas ocasiones. Incluso algunos clérigos fueron denunciados en dos ocasiones y se dio un elevado número de autodelaciones. En el siglo XIX se percibe una disminución de las causas y, de los 102 casos entre 1700 y 1820 (en Toledo), 34 finalizaron con condena y en 6 se reprendió al acusado. En ocasiones no se ejecutaban todas las diligencias, como interrogar al delator, lo que obligaba a abandonar la causa.

Las penas más severas fueron el destierro y la reclusión en un convento. La edad media de los acusados se sitúa entre los 35 y 50 años, pero también nos encontramos con casos de septuagenarios, atenuándose las penas entonces. Las órdenes religiosas afectadas por este tipo de abusos son prácticamente todas, sin que se note abundancia en unas respecto de otras.

El autor examina algunos expedientes que se conservan en el Archivo Histórico Nacional, como el de un fraile de 77 años que se autodelató en 1733 de haber solicitado a una dominica, dándose el caso de que dicho fraile ya había sido acusado por el mismo delito en 1711, siendo encarcelado “en celdas secretas” por la segunda ocasión y privado de confesar. Otro es el caso de un presbítero que, en 1774, fue denunciado por un carmelita de haber solicitado a una feligresa durante la confesión. Fue arrestado y conducido a las cárceles inquisitoriales, se le desterró durante seis años de manera que los primeros seis meses debía residir en un convento.

Otro caso es el de un fraile que, en 1782, fue delatado por otro clérigo, el cual dijo que una moribunda le contó sobre la solicitación que le hizo el primero, falleciendo dicha moribunda poco después. El Tribunal de la Inquisición toledana pidió informes sobre ella y fue informado de que era mujer “muy notada”, creyéndose que “el vicio la produjo la muerte”, interrumpiéndose entonces el proceso. Así explica el autor al que sigo una serie de casos, cada uno con sus particularidades, produciéndose los correspondientes castigos: sufrir un destierro de ocho años, teniendo que pasar los cuatro primeros encerrado en un convento y otros por el estilo…

Otros son los casos de los religiosos casados, considerando que la gravedad de estos consistía en la intención herética. La Inquisición empezó a actuar en esta materia a principios del siglo XVI, siendo a partir de este momento menos común estas situaciones y nunca frecuente. El autor ha estudiado dos procesos en la circunscripción toledana durante el siglo XVIII, el primero en 1700 y el segundo en 1800, terminando las causas en condena y suspensión respectivamente.

En el proceso seguido contra un dominico de 38 años se acordó que dejase perpetuamente el ejercicio de las órdenes sacerdotales y permanecer en una celda de un convento, así como ayunar con pan y agua los viernes y vigilias durante cuatro años. El segundo caso tuvo su origen en la conversación oída en una posada por un presbítero francés sobre el picador del Príncipe de Asturias, el cual estaría casado con una monja francesa. La Inquisición toledana hizo sus averiguaciones preguntando a los participantes en la conversación, diciendo cada uno de ellos cosa distinta: que no recordaba dicha conversación, que lo sabía porque se lo había dicho un presbítero, que el informante había sido un picador de Aranjuez, porque en la misma localidad el picador del Príncipe de Parma lo contó, siendo así que la monja casada con el clérigo había entrado en España huyendo de los sucesos de la Revolución Francesa… Ante tal situación la causa se suspendió.

En estos momentos la Inquisición ya no era boyante económicamente como en siglos anteriores, por lo que no tenía la influencia sobre las personas de antaño y, de hecho, los testigos se veían con más libertad para declarar lo que quisiesen, fuese o no verdad.

Delito distinto también perseguido por la Inquisición fue el de los intrusos en la confesión y celebración de la misa, por lo que cobraban dinero. Algunos eran clérigos de órdenes menores, como diáconos, otros gentes vinculadas al mundo eclesiástico, como sacristanes, estudiantes, etc. La Inquisición comenzó a tener jurisdicción sobre estos asuntos en el siglo XVI, poniendo castigos rigurosos: cárcel, azotes, destierros y galeras, pero nunca llegó a la severidad de otros países. Desde 1700 el autor al que sigo ha localizado 16 casos en las tierras de Toledo, siendo condenadas cuatro personas y seis reprendidas.

Este delito se dio con mucha irregularidad entre 1700 y 1820, siendo la edad media de los que lo cometían menos de 30 años. Un encausado fue un fraile de 38 años en 1703, que fue privado de confesar y desterrado por tres años, teniendo que pasar el primero recluso en un convento. Sigue Galende refiriéndose a otros casos con sus particularidades.

Otros delitos que no eran peculiares de la Inquisición fueron la blasfemia y la deshonestidad, bien entendido que en el siglo XVIII los procesos por ellos fueron disminuyendo, aunque fueran numerosos, pero los potenciales delatores no ejercían la acusación, e incluso la Inquisición se encontraba con problemas para encontrar testigos, prueba de la nueva mentalidad, menos temerosa de la herejía. Las penas eran severas: galeras, presidio, destierro y azotes. En cuanto a actuaciones contra eclesiásticos, el número es reducido: de 63 procesos encontrados solo afectaron a religiosos 6, terminando todos en suspensión menos uno, que está incompleto.

Uno de los casos fue denunciado por un sacerdote contra un franciscano por adorar al sol, ser incrédulo, negar la virginidad de María y que “no hace intención de consagrar”. El óbito del acusado terminó con el proceso.

Los casos de deshonestidad eran más difíciles de probar por la Inquisición, pues de los 25 expedientes estudiados por Galende, ninguno fue condenatorio. En uno se autodelató un presbítero de 36 años, natural de Albadalejo[ii] y residente en Toledo, el cual en 1741, se presentó “para descargo de su conciencia”, siendo verdaderamente curioso, pues había puesto de penitencia a una feligresa tal pena, que le habían salido llagas en las posaderas, de forma que pidiendo esta la revisión de dicha penitencia, el presbítero no encontró mejor manera que comprobarlo con “la mayor dezencia con un lienzo a modo de saco y haciendo el ademán de enseñar las llagas… que fue tan pronto que asegura no vio nada”. Tras la primera diligencia la penitente falleció, y como se comprobó que el clérigo no tenía antecedentes, se suspendió la causa.

Otro fue el caso de un franciscano del convento de Yepes[iii], el cual dijo haber confesado a tres niñas de edades entre 6 y 8 años, las cuales –según el fraile- le hablaban con malicia durante la confesión, por lo que no las absolvió, teniendo luego con ellas “tocamientos impuros”, pero –dijo- “fue la única vez que sucedió”.

El trabajo que aquí resumo es una buena aportación a la historia de las mentalidades, corriente historiográfica que, surgiendo a mediados del siglo XX dentro de la escuela de los Annales, fue defendida, entre otros, por Georges Duby.



[i] “Eclesiásticos ante el Tribunal inquisitorial de Toledo (1700-1820)”.
[ii] Al sureste de la actual provincia de Ciudad Real.
[iii] Al nordeste de la actual provincia de Toledo.

No hay comentarios:

Publicar un comentario