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Durante
la Edad Media, pero no solo, la falsificación de documentos para hacer valer
derechos que, sin dicha falsificación, no existirían, ha hecho decir a
Elizabeth Brown que la falsificación de los documentos medievales ha atraído
la atención porque falsificar era (y es) un crimen, siendo la mayor parte de
los falsificadores eclesiásticos, profesionales dedicados a ello[i].
Por
su parte, Leticia Agúndez San Miguel ha señalado que la “asiduidad y habilidad
del proceso de manipulación de documentos” es evidente en algunos monasterios[ii],
y hace un balance del debate sobre el valor de las falsificaciones y su
relevancia en la Edad Media, así como de su contribución al proceso de creación
de una historia interesada en hacer valer ciertos derechos. La misma autora se
pregunta por qué hay hoy quien justifica aquellas falsificaciones, que las
autoridades castigaban con el fin de salvaguardar la reputación de la Iglesia,
respondiéndose que algunos autores consideran que dichas falsificaciones eran
“pias faus”. De hecho hay documentos con partes auténticas y otras falsas,
siendo estas para beneficio personal del falsario o para el de una institución
religiosa. Otros consideran que en la Edad Media había una concepción distinta
de la actual de lo verdadero y lo falso, aunque Theo Kölzer señala que tanto en
el derecho secular como en el canónico medieval, el delito de falsificar ha
sido siempre condenado[iii],
y recoge algunos arrepentimientos de los falsificadores. En ocasiones las
falsificaciones han sido explicadas en los contextos judiciales como mecanismos
para tratar de legalizar un cambio (por ejemplo, ante una situación nueva que
no contempla un documento muy anterior, adaptarlo a la nueva necesidad).
Patrick Geary dice que no todas las falsificaciones fueron hechas para engañar,
sino que al actualizarse un documento mediante una falsificación, se expresaba
en el lenguaje de esa época un hecho antiguo, o bien porque el hecho se había
transmitido oralmente.
Anne
J. Duggan se refiere al caso de la bula papal otorgada por Alejandro VI en el
año 1155 o 1156, conocida como “Laudabiliter”[iv],
por la que se reconocía a Enrique II de Inglaterra el señorío sobre Irlanda,
origen de la posesión de la isla por la monarquía inglesa. El documento
original se ha perdido, existiendo solo copias que ofrecen todas las dudas.
Para el caso de Castilla han estudiado las falsificaciones de documentos Pilar
Ostos y María Luisa Pardo[v],
pero las falsificaciones no permanecieron mucho tiempo en el secreto de los
monasterios, aunque los monjes las aprobaban si favorecía a la comunidad monástica.
Laurent
Morelle ha hablado de la variedad de prácticas a la hora de falsificar
documentos[vi],
pero para el caso de los del monasterio de Sahagún, los diplomas
espurios –dice Leticia Agúndez- desempeñaron un papel principal en las
reivindicaciones que llevaban al monasterio a la falsificación. En los casos de
los monasterios de San Millán, Arlanza, Silos y Santa Cruz de Coímbra, o para
la diócesis de Simancas, las piezas falsificadas acabaron convirtiéndose en los
mejores referentes históricos y jurisdiccionales para defender la primacía de
la institución que los falsificó[vii],
y algunas de las reivindicaciones del monasterio de Sahagún se basaron en la
documentación falsificada con la que los monjes, conocedores del fuerte valor
probatorio de los documentos, trataron de avalar jurídicamente sus
pretensiones. Otras –sigue Leticia Agúndez- trataron de ser acreditadas
mediante la confección de documentos espurios que sirvieron de armas de combate
para garantizar un presente incierto y para “remodelar” el pasado.
También
han sido estudiados los ritmos de falsificación en San Pedro de Gante, Fulda y
San Maximino de Tréveris, con campañas sucesivas, señalando Georges Declercq
que “muy a menudo los diplomas falsos o falsificados no son ejemplos aislados
sino que se insertan dentro de verdaderas cadenas de falsificación que se
refuerzan mutuamente"[viii].
Este proceso también se ha comprobado en algunos escriptorios monásticos y
catedralicios de los reinos hispanos; en el caso de Sahagún, la base de la
manipulación era defender la libertad civil y eclesiástica del monasterio
mediante el recuerdo de sus grandes promotores, Facundo y Primitivo, que
habrían sido mártires del siglo III. La autora a la que sigo pone el ejemplo de
la villa de San Andrés, posesión del monasterio de Sahagún que fue objeto de
permanente revisión: en una crónica se relata cómo el abad fue “a un llano” de
la villa de Grajal, donde se encontraba la población “ayuntada”, y como el abad
se quejase de que se negaban [los habitantes] a la labranza debida, “los rústicos ayuntados” lo
quisieron matar, lo que ahuyentó al monje, y existen fuentes que ofrecen
testimonio de las dificultades que, durante la primera mitad del siglo XII,
tuvo el abad de Sahagún para hacer valer todos sus derechos sobre la villa de
San Andrés.
Miguel
Calleja Puerta ha estudiado las donaciones del monasterio de Cornellana a Cluny
como ejemplo del valor de los documentos escritos a principios del siglo XII[ix],
y Thomas Deswarte, contrariamente a las opiniones de Menéndez Pelayo, Claudio
Sánchez Albornoz y Pedro Floriano Llorente, señala que las falsificaciones no
fueron elaboradas por el clero procedente de otros países europeos. Los
documentos, escritos en cursiva visigótica son obra del clero español bajo el
episcopado de prelados a priori de
origen español[x].
En el caso de Sahagún, los esfuerzos mostrados por demostrar documentalmente no
solo la inmunidad de las villas dependientes del monasterio, sino la completa y
legítima posesión monástica sobre la de San Andrés, parece demostrar resistencia por parte de la población.
La
elaboración de documentos falsos o manipulados pone de manifiesto, en muchas ocasiones,
contradicciones con los documentos originales e incluso con los propios
falsificados. Habiendo desaparecido las escrituras del rey Alfonso III sobre la
delimitación del coto monástico de Sahagún, en 1068 Alfonso VI confirmó dicha delimitación.
El citado Thomas Deswarte, sobre la disputa entre la catedral de Astorga y la
diócesis de Simancas, dice que el clero de la primera buscó resolver múltiples
contradicciones existentes entre la documentación original y la falsificada.
[i]
“Falsitas pia siue reprehensibilis”, varios autores.
[ii] “La
memoria escrita en el monasterio de Sahagún (años 904-1300)”. En un capítulo de
esta obra se basa el presente resumen.
[iii] “Le faussaire au travail”.
[iv] “The power of documents: the
curious case of ‘Laudabiliter’”.
[v] “La
teoría de la falsedad documental en la corona de Castilla”.
[vi] “La
falsificación en la historia”.
[vii] Ver
nota ii.
[viii]
“Centres de faussaires et falsification de chartes en Flandre au Moyen Age”.
[ix] Su obra
forma parte de “El monacato en los reinos de León y Castilla (siglos VII-XIII)”,
varios autores.
[x] “Restaurer
les évêchés…”.
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