sábado, 15 de octubre de 2011

A vueltas con el feudalismo (II)


Un vasallo podía tener otras tierras además del beneficio concedido por su señor; o bien tener tierras en precario de la Iglesia al mismo tiempo. El Estado carolingio era lo suficientemente débil -institucionalmente- como para que las relaciones feudovasalláticas contribuyesen a su sostenimiento, estando obligados los vasallos del rey y de los condes a asistir a las asmbleas judiciales.
Los condes tuvieron dominios no solo del beneficio, sino los deerivados del cargo condal. A veces la recaudación del fisco fue dada en beneficio y cuando un cargo público se consideró como beneficio se le denominó "honor". A lo largo del siglo IX beneficios y honores se van haciendo hereditarios de hecho. Episcopados y abadías fueron asimilados a beneficios, por lo que obispos y abades fueron convertidos en vasallos del rey y agentes de su autoridad.
Entre el señor y el rey, el vasallo elegirá a aquel, más próximo y visible, del que puede obtener más rápidos favores (o castigos). El derecho del señor de disponer de la tierra concedida en beneficio fue progresivamente restringido en el curso del siglo IX, e igual ocurrió con el derecho de disposición del nuevo señor a la muerte de su predecesor.
La Capitular de Quierzy, de 877, es un documento que se suele tener como el primero en que la hereditariedad se pone de manifiesto, pero por dicha capitular Carlos el Calvo no confirió a los beneficios un carácter hereditario, sino que debido a las medidas tomadas, se ha constatado de un modo cuasi oficial la conformidad de este carácter hereditario con la costumbre. La segunda mitad del siglo IX señala un deslizamiento del beneficio, si no en el patrimonio de vasallaje, por lo menos en algo parecido, tendiendo los a conseguir la legalización de la pluralidad de compromisos de vasallaje.
En los siglos X y XI los señores territoriales fueron, de hecho, independientes; aunque reconocían al rey, su poder era solo teórico. Entre los siglos X y XIII los vínculos de vasallaje fueron perdiendo vigor e incluso se suele aceptar que el feudalismo clásico se introduce en Inglaterra en la segunda mitad del siglo XI con la conquista por parte del duque de Normandía, Guillermo, en 1066.
Las relaciones feudovasalláticas en Tierra Santa alcanzaron un arraigo desconocido en occidente, teniendo los vasallos muchos más derechos.
Un ejemplo particular es el del Condado de Barcelona, que estuvo unido a Francia, teóricamente, hasta 1258. Otro caso curioso es el reino de Borgoña, que estuvo aliado a Alemania por un vínculo personal, pero próximo a Francia por su evolución social.
Entre los siglos X y XI se generaliza el término feudo por el de beneficio.
Como hemos dicho, el feudalismo inglés es de origen normando: el rey tenía la totalidad de la tierra, directa o indirectamente, mientras que el alodio fue eliminado.
Llegado este momento podemos decir que en las relaciones feudovasalláticas hay un elemento personal y otro real. Este último es el feudo; el otro es el vasallaje. Con el tiempo, "miles", "homo" y "fidelis" son sinónimos de vasallo.
En Alemania un hombre no libre no era admitido a rendir homenaje a su señor; dado que este tenía sobre aquel un poder inmediato y directo a causa de su condición personal, la autoentrega no tendría sentido. Cuando en el siglo XIII estos no libres se elevaron socialmente, la regla comenzó a relajarse, pero un señor podía entregar un vasallo suyo a otro señor en nombre de la "propiedad" que tenía sobre él.
También podía darse el caso (por ejemplo en Hainaut) de que un castillo fuese tenido en feudo estando en el interior de un terreno que, a su vez, fuese el feudo de otra persona.

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